La impugnación de Guadalupe Leal Rodríguez contra la sanción que le impuso el Partido Acción Nacional (PAN) por violencia política de género deberá resolverse primero en Puebla. La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) remitió el caso al Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) y rechazó atraerlo.
En sesión privada, las magistraturas determinaron que el órgano jurisdiccional local tiene competencia para analizar la controversia en primera instancia, por lo que no procede que la Sala Regional intervenga directamente como solicitó la panista.
El tribunal federal sostuvo que el envío del expediente al TEEP no impide revisar los argumentos de Leal ni vuelve irreparable la presunta afectación que reclama.
La exdiputada local y excandidata a la dirigencia municipal del PAN impugnó la resolución de la Comisión de Justicia del partido, que la sancionó junto con Martha Patricia Thome Andrade por expresiones dirigidas contra Gabriela Ruiz Benítez, presidenta del Comité Directivo Municipal panista en Puebla capital.
La queja fue presentada por Ruiz Benítez el 6 de diciembre de 2025, luego de que declaraciones realizadas durante una rueda de prensa se difundieran en medios digitales. La denunciante consideró que los comentarios constituían violencia política de género en su contra.
Por su parte, Leal Rodríguez argumentó que los medios de comunicación y reporteros interpretaron a su manera sus declaraciones, en las que cuestionó que las mujeres necesitaran a un hombre que les indicara cómo participar y advirtió contra la figura de las llamadas “Juanitas” en las candidaturas.






