Con la aprobación de la reforma que impide a los presidentes municipales autorizar el matrimonio de personas menores de edad, el Congreso de Puebla cerró un vacío legal que permitía a algunas autoridades locales validar uniones infantiles, pese a estar prohibidas por la ley federal.
La medida eliminó la fracción XVIII del artículo 91 de la Ley Orgánica Municipal, que facultaba a los alcaldes para suplir el consentimiento de los padres o tutores cuando estos se oponían al matrimonio de un menor. Esta laguna era aprovechada en comunidades donde aún se invocan usos y costumbres.
La diputada Celia Bonaga, promotora de la reforma, recordó que el Código Civil del estado ya establece los 18 años como edad mínima para casarse, pero reconoció que en la práctica seguían ocurriendo excepciones avaladas por autoridades municipales.
La reforma busca garantizar el cumplimiento de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que prohíbe el matrimonio infantil en todo el país. También responde a compromisos internacionales en materia de derechos humanos y protección de la infancia.
Legisladores locales señalaron que esta modificación representa un paso firme hacia la erradicación de prácticas que afectan el desarrollo y bienestar de niñas, niños y adolescentes, especialmente en zonas rurales o con alta marginación.
A partir de esta reforma, los 217 municipios del estado deberán ajustarse a una norma clara y definitiva: ningún menor de edad podrá casarse con aval de un alcalde, sin importar el contexto o costumbres de la comunidad.
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